Debido a que el motor diésel cuenta con varios sellos de presión de tipo berenjena, como los que se encuentran entre la camisa del cilindro, el pistón y el segmento del pistón, y entre el turbocompresor y el eje del rotor del turbocompresor, generalmente solo funciona correctamente cuando el motor está bajo aproximadamente un tercio de la carga, pudiendo producirse fugas durante dicho periodo. Por ello, los fabricantes de motores extranjeros suelen destacar esta característica en sus manuales. El generador diésel funciona con poca carga y su tiempo de funcionamiento es prolongado, como se muestra en el fallo 1 a continuación. El sello de la camisa del pistón y del cilindro no es adecuado, lo que genera aceite en el canal, combustión en la cámara de combustión y humo de escape. 2. El motor diésel sobrealimentado presenta baja carga, vacío y baja presión de sobrealimentación. Los dientes del sello de aceite del sobrealimentador (sin contacto) se desprenden con facilidad, saltando a la cámara de presurización de aceite y la admisión al cilindro. 3. Parte del aceite entra en el cilindro para participar en la combustión; parte del aceite no se quema completamente, lo que provoca la formación de carbono en la válvula, la admisión, la cabeza del pistón, el segmento del pistón, etc., y emisiones de escape. De esta manera, el aceite se acumula gradualmente en el puerto de escape de la camisa del cilindro, formándose una acumulación. 4. Si el aceite se acumula en la cámara del sobrealimentador hasta cierto punto, la superficie de combinación del sobrealimentador se filtra. 5. El funcionamiento de los órganos a baja carga provocará un desgaste grave de las piezas móviles, el deterioro del entorno de combustión del motor y otras consecuencias, como un mantenimiento más prolongado. Por lo tanto, los fabricantes extranjeros de motores diésel enfatizan la necesidad de minimizar el tiempo de funcionamiento a baja carga/sin carga, ya sea con modelos de succión natural o sobrealimentados, y estipulan que la carga a baja carga debe ser inferior al 25-30 % de la potencia nominal por unidad.
Hora de publicación: 19 de mayo de 2023